El sector de los núcleos zoológicos  está a punto de estrenar una regulación adaptada a su realidad. Tras la aparición del borrador en consulta pública del nuevo Real Decreto de Núcleos Zoológicos de animales de Compañía, surge un nuevo tipo de Núcleos Zoológicos para completar el catálogo de estas colectividades de animales sin un interés productivo. Los Núcleos Zoológicos Tradicionales. Parques zoológicos, granjas escuela, centros de recuperación de fauna silvestre, circos y refugios de animales se acercan así a un marco regulatorio diseñado para lo que son hoy.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación abrió la consulta pública previa para elaborar el nuevo Real Decreto. El proceso de tramitación ya está en marcha, por lo que es un buen momento para revisar el encaje de cada instalación.

Qué son los núcleos zoológicos tradicionales según el nuevo decreto

El proyecto pone nombre a una realidad que llevaba décadas sin un marco propio claro. El término núcleo zoológico se había utilizado de forma genérica en normativas autonómicas muy distintas, generando una dispersión regulatoria e inseguridad jurídica para los centros. 

El decreto resuelve esa ambigüedad definiendo una categoría específica. Un núcleo zoológico tradicional (NZT) es todo establecimiento, excluidos los domicilios particulares, en el que se críen o mantengan animales de especies susceptibles de representar un riesgo sanitario para la actividad ganadera, cuya finalidad sea distinta de la producción y cuyos animales no se destinen en ningún caso a la alimentación humana o animal.

El proyecto clasifica nueve tipos de establecimientos: parques zoológicos y acuarios, circos, granjas escuela, refugios de animales no de compañía, centros de recuperación de fauna silvestre, instalaciones con aves de cetrería o colombofilia, centros de cuarentena y establecimientos con animales de trabajo cuando superan determinados umbrales. Todos ellos pasan a integrarse en el sistema de registro nacional junto con las explotaciones ganaderas.

Nuevas obligaciones para los NZT: instalaciones, sanidad, formación y registro

La norma articula sus exigencias en torno a cuatro ejes.

En materia de instalaciones y bioseguridad, los NZT deberán situarse en áreas delimitadas con control efectivo de entradas y salidas, contar con zonas específicas de aislamiento sanitario para animales enfermos y garantizar un almacenamiento de agua con autonomía mínima de 48 horas. Para los centros con aves, se exige además protección frente al contacto con fauna silvestre mediante barreras físicas, incluyendo red de malla en todas las aberturas al exterior no aptas para el tránsito de personas o vehículos.

En cuanto a sanidad animal, el titular del NZT asume la responsabilidad directa sobre la salud de los animales, la bioseguridad y el cumplimiento de los programas sanitarios establecidos por las comunidades autónomas, incluyendo vacunaciones, pruebas diagnósticas y medidas de vigilancia y control de enfermedades. El proyecto incorpora además la obligación de visita zoosanitaria periódica por parte de un veterinario en ejercicio privado, conforme a la frecuencia prevista en el Real Decreto 346/2025.

Respecto a la formación del personal, quienes manejen directamente los animales deberán acreditar una formación mínima inicial de 20 horas en sanidad animal, bioseguridad, etología, bienestar, resistencia antimicrobiana y normativa aplicable. No se trata de un requisito puntual: cada cinco años, actualización obligatoria de al menos 8 horas. El proyecto contempla una exención para quienes acrediten un mínimo de tres años de experiencia práctica demostrable en trabajos relacionados con animales.

En lo relativo al registro y la trazabilidad, el proyecto crea el Registro de Núcleos Zoológicos Tradicionales, integrado en el REGA, que pasará a denominarse Registro General de Explotaciones Ganaderas y Núcleos Zoológicos Tradicionales. Cada centro contará con un código de identificación único que facilitará la coordinación entre administraciones. La inscripción será imprescindible para el inicio o la continuación de la actividad, y la administración competente dispondrá de un plazo máximo de seis meses para resolver las solicitudes.

Capacidades máximas por especie

El proyecto introduce capacidades máximas por especie para los NZT que se autoricen a partir de su entrada en vigor: 50 bovinos, 50 porcinos, 50 équidos, 150 gallinas, 300 palomas, 2 ratites, con el objetivo de garantizar la bioseguridad y el bienestar animal en función de la especie albergada.

El matiz que conviene tener claro es que estas limitaciones solo se aplican a los centros de nueva autorización. Los ya existentes podrán mantener su capacidad actual, pero no superarla ni incorporar nuevos animales si ya la han excedido en el momento de la entrada en vigor.

Plazos de adaptación al nuevo Real Decreto de núcleos zoológicos tradicionales

Los establecimientos ya autorizados o registrados dispondrán de un plazo de dos años para adaptarse a los nuevos requisitos de instalaciones y funcionamiento. El nuevo decreto sustituirá al marco anterior para todas las actividades incluidas en su ámbito de aplicación El reloj ya está en marcha para muchos centros. Conocer el encaje de cada instalación bajo la nueva clasificación, anticipar los requisitos y ordenar la documentación técnica son tareas que conviene empezar cuanto antes.

El veterinario como responsable técnico del NZT

El proyecto define la figura de la persona veterinaria de NZT como el profesional colegiado que presta sus servicios, en exclusiva o no, de forma temporal o permanente, con responsabilidad sobre el bienestar animal, la sanidad, la bioseguridad, la higiene y el uso de medicamentos veterinarios. 

La obligación de visita zoosanitaria periódica y el mantenimiento de un libro de registro que documente tratamientos, incidencias y movimientos de animales sitúan al veterinario como eje técnico del cumplimiento normativo de estos centros.

No es una función accesoria. Es el eje técnico del sistema.

Santuarios de animales: el debate abierto

A raíz de este proyecto, más de treinta santuarios de animales han expresado su oposición, alertando de que su aplicación en los términos actuales los sitúa en lo que describen como un limbo legal con consecuencias graves para su viabilidad.

Al incluirse los refugios de animales en cautividad no de compañía como una categoría regulada, los santuarios que acogen animales de producción, vacas, cerdos, aves, quedarían sujetos a obligaciones diseñadas para entornos ganaderos: programas sanitarios específicos, restricciones de movimiento y pruebas diagnósticas al ingreso. 

Desde el otro lado del argumento, quienes defienden la inclusión señalan que la ausencia de supervisión estructurada tiene también sus costes, mayor dificultad para detectar enfermedades con potencial zoonótico, heterogeneidad de criterios entre comunidades autónomas y una responsabilidad administrativa difusa en situaciones de riesgo.

El Ministerio de Derechos Sociales ha señalado que su propio proyecto contempla estos centros como refugios definitivos dentro del régimen de animales de compañía. Los santuarios consideran insuficiente esta salida e insisten en que ninguno de los dos decretos reconoce su singularidad de forma adecuada.

Un marco en cambio exige profesionales actualizados

El debate sigue abierto y la tramitación dirá. Lo que ya es una certeza, con independencia de cómo evolucione, es que el escenario normativo para los núcleos zoológicos tradicionales está cambiando de forma sustancial. Para los veterinarios que trabajan en estos entornos o que asesoran a sus titulares, conocer el marco regulatorio en detalle deja de ser una ventaja y para convertirse en una exigencia.

La complejidad de estos cambios, la superposición de normativas y la diversidad de centros afectados hacen que la formación y la actualización continua no sean opcionales. Son la herramienta que permite ejercer con seguridad jurídica, asesorar con rigor y anticiparse a los requisitos antes de que se conviertan en un problema.

Desde Lexvet seguiremos de cerca el desarrollo de ambos marcos normativos de gestión de los Núcleos Zoológicos y seguiremos trabajando para que ese conocimiento esté al alcance de quienes lo necesitan.